San Jos‚ de Balcarce, 22 de junio de 1983 VISTO: Que los autos caratulados "BERTAGNO RICARDO A. c/MUNICIPA- LIDAD DE BALCARCE s/FIJACION DE HONORARIOS", en tr mite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N§ 4 del Departa- mento Judicial Mar del Plata, y CONSIDERANDO: Que en dichos autos se dict¢ sentencia con fecha 24 de se- tiembre de 1982, confirmada por la Excelent¡sima C mara Departamental con fecha 24 de marzo de 1983 y en la que se condena a la Municipali- dad de Balcarce a abonar al accionante la suma de Pesos Veinticuatro millones doscientos mil ($ 24.200.000), con costos, regul ndose los honorarios de los profesionales intervinientes de la actora, Dr. Ri- cardo Bertagna y Dr. H‚ctor Ra£l Garc¡a en la suma de Pesos Tres mi- llones quinientos mil ($ 3.500.000) y Pesos Un mill¢n ochocientos mil ($ 1.800.000) respectivamente; Que por lo expuesto resulta necesario que la Municipalidad de Balcarce, abone el monto citado debidamente actualizado a la fecha de pago, con m s inter‚s del ocho (8) por ciento anual, que correspon- de de acuerdo a reiterada y firma jurisprudencia, como as¡ tambi‚n una suma estimada en concepto de honorarios de segunda instancia de acuer- do a lo estatu¡do en la Ley 8904; POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO en uso de las atribu- ciones que le confiere la Ley Org nica de las Municipalidades y sus modificatorias, D E C R E T A ------------- ARTICULO 1§: L¡brese orden de pago a favor del Dr. Ricardo Bertagna ------------ por la suma de Pesos Argentinos Siete mil nueve con cua- renta y ocho centavos ($a 7.009,48) y a favor del Dr. H‚ctor Ra£l Gar- c¡a por la suma de Pesos Argentinos Cuatrocientos sesenta y seis con ochenta y cinco centavos ($a 466,85)en concepto de honorarios, recono- cidos y regulados en los autos mencionados.--------------------------- ARTICULO 2§: Transfi‚rense a los autos mencionados la suma de Pesos ------------ Argentinos Setecientos cuarenta y siete con sesenta y tres centavos ($a 747,63) en concepto de aportes provisionales a la Caja de Abogados.----------------------------------------------------- ARTICULO 3§: C£mplase, comun¡quese, tomen raz¢n a sus efectos las Se- ------------ cretar¡as Municipales, Contadur¡a, Tesorer¡a, Asesor¡a Legal, Oficina de Prensa, los interesados y d‚se al Registro Oficial de Decretos.---------------------------------------------------------- DECRETO N§: 203.- -----------------